1.- CONDICION SUSPENSIVA.
La vigencia del presente contrato queda supeditada como condición suspensiva al pago por parte del arrendatario del importe de la reserva estipulada en la condición general siguiente no siendo por tanto efectivas las reservas hasta el pago indicado.
2.- PAGO.
a) Las reservas se harán efectivas y entrará por tanto en plena vigencia el presente contrato al hacerse efectivo el primer pago del calendario de pagos previsto en el presente contrato. De no haberse hecho con anterioridad la reserva deberá pagarse inexcusablemente en el momento de la firma del presente contrato.
b) El resto del precio del arrendamiento deberá pagarse de acuerdo a la forma y con el calendario de pagos expuesto en las condiciones particulares y deberá estar completamente liquidado en el mismo día del embarque. El incumplimiento de este pago dará lugar a la anulación del contrato quedando como indemnización a favor de Aguas Azules Menorca S.L. la cantidad entregada en concepto de reserva.
c) Sólo se admitirá como forma de los pagos descritos en las condiciones particulares y generales del presente contrato la entrega de efectivo metálico Tarjeta de Crédito Visa o Master Card y transferencias bancarias.
3.- FIANZA.
El día del embarque el arrendatario entregará a Aguas Azules Menorca S.L. la fianza que se indica en las condiciones particulares con la que responderá de las cancelaciones averías roturas desperfectos robos retrasos en la devolución de la embarcación diferencias en el inventario y equipamiento indemnizaciones mal uso negligencia y penalizaciones de cualquier índole pactadas en el presente contrato o que pudieran surgir como consecuencia del incumplimiento del mismo. También responderá de los perjuicios de todo tipo que puedan ocasionarse a terceros así como de los importes de las sanciones y multas que puedan ser impuestas al arrendatario como consecuencia del uso de la embarcación arrendada. Todo ello sin perjuicio de las acciones legales que fueran procedentes para reclamar aquellos importes que superasen el de la fianza. Devuelta la embarcación en el plazo pactado realizado el inventario y checkout de conformidad y cumplidos por el arrendatario todos los deberes surgidos como consecuencia de lo pactado en este contrato la fianza será devuelta en el checkout. En el supuesto de existir discrepancias entre las partes sobre las condiciones de devolución de la embarcación y bienes inventariados la fianza se devolverá en el momento de terminación de la disputa surgida.
4.- SEGURO.
La embarcación objeto del presente contrato se halla cubierta con la póliza de seguro copia de la cual se encuentra a disposición del arrendatario en la embarcación y en la oficina de Aguas Azules S.L. manifestando el arrendatario conocer su contenido y alcance obligándose a tomar cuantas medidas sean precisas para actuar conforme a las obligaciones que en ella se contienen siendo en su caso el único responsable de las consecuencias derivadas del incumplimiento de tales obligaciones.
5.- DURACION.
El período de duración del arrendamiento prevenido en las condiciones particulares del presente contrato no podrá ser variado o alterado sin autorización previa de Aguas Azules SL.
6.- CANCELACIONES Y ANULACIONES.
En caso de que el arrendatario desista unilateralmente del contrato perderá la cantidad entregada en concepto de reserva. Únicamente en el caso de preaviso por parte del arrendatario en una fecha no inferior a 90 días hasta la fecha prevista de embarque comunicando la cancelación del contrato de arrendamiento Aguas Azules Menorca S.L. reintegrará el 70% de los importes recibidos hasta la fecha de comunicación de la cancelación en concepto de reserva otorgándose Aguas Azules Menorca S.L. el restante 30% de los importes recibidos en concepto de reserva como contraprestación por los gastos de gestión y administración de dicha reserva.
7.- ENTREGA DE LA EMBARCACIÓN.
Con anterioridad a la entrega de la embarcación y dentro de horario de atención al público ambas partes procederán al checking y correspondiente inventario. Una vez realizado se suscribirá el correspondiente documento acreditativo y de conformidad. El arrendatario no podrá negarse a realizar el checking ni a firmar aún con las advertencias que estime precisas y necesarias el documento prevenido. Si por cualquier causa el checking se realiza dentro del plazo de arrendamiento ello no dará derecho a una ampliación de dicho plazo.
8.- RETRASO EN LA ENTREGA DEL BUQUE O EMBARCACIÓN.
Si llegada la fecha pactada el arrendador se retrasa en la entrega de la embarcación o en su puesta a disposición a favor del arrendatario el arrendador deberá pagar al arrendatario la cantidad proporcional al retraso ocasionado. Si el retraso en la entrega o puesta a disposición es superior a cuarenta y ocho horas además de la indemnización a que se refiere el apartado anterior el arrendatario podrá optar entre resolver el contrato o ampliarlo por un tiempo equivalente al retraso siempre que la embarcación estuviera disponible.
9.- IMPOSIBILIDAD DE ENTREGA DE LA EMBARCACION POR LA ARRENDADORA.
Si por motivos de averías o por cualquier causa ajena a la voluntad de la arrendadora producidas con anterioridad al inicio del arrendamiento no fuera posible entregar la embarcación arrendada se le entregara una embarcación de iguales o similares características. En caso de no ser posible y a elección del arrendatario se le entregará una embarcación de categoría inferior (con la consiguiente devolución de la diferencia proporcional del precio del arriendo) o devolverá el íntegro precio pagado hasta ese momento por el arrendamiento.
10.- AVERIAS DE LA EMBARCACION DURANTE EL CONTRATO.
a) Obligaciones del Arrendatario: El arrendatario deberá informar a Aguas Azules Menorca S.L. a la mayor brevedad posible de cualquier daño o incidente que afecte o pueda afectar a la navegabilidad o seguridad del buque o embarcación. El arrendatario no ordenará ninguna reparación sin antes haber indicado la avería a Aguas Azules Menorca S.L. quien deberá otorgar su permiso. Los gastos de reparación serán de cuenta de la arrendadora salvo las debidas a culpa del arrendatario. El arrendatario está obligado durante el tiempo de duración del contrato a mantener el buque o embarcación en estado de navegabilidad. Las averías consecuencia de la negligencia ineptitud o deficiente uso de la embarcación por el arrendatario serán abonadas por éste en su integridad y Aguas Azules Menorca S.L. dará por resuelto el presente contrato y se reservará el ejercicio de la reclamación de los daños y perjuicios que la avería pudiera irrogar. En tal caso el arrendatario no tendrá derecho a compensación alguna. Aguas Azules Menorca S.L. podrá inspeccionar el buque en cualquier momento para comprobar su estado sin perjudicar su normal explotación y siendo a su costa los gastos ocasionados.
b) Obligaciones del Arrendador: Si por motivo de avería producida durante el arrendamiento u otras causas no imputables al arrendatario no fuera posible seguir en la embarcación arrendada la arrendadora reembolsará el importe proporcional a los días en que no ha sido posible la utilización de la embarcación o bien facilitará una embarcación de características similares si fuere posible a elección del arrendatario. A su vez responderá frente al arrendatario de los perjuicios causados por defectos de navegabilidad a menos que pruebe que el vicio no pudo descubrirse con el empleo de una diligencia razonable. En ningún caso dará derecho a la ampliación del plazo del alquiler salvo que la nueva puesta a disposición sea superior a cuarenta y ocho horas en cuyo caso el arrendatario podrá optar entre resolver el contrato o ampliarlo por un tiempo equivalente al retraso siempre que ello fuera posible.
11.- DEVOLUCION DE LA EMBARCACION
La embarcación deberá retornarse en el tiempo y lugar que se determina en las condiciones particulares del presente contrato y que con carácter general es el puerto de Maó / Mahón. En el momento de la devolución y una vez desembarcadas las pertenencias y equipaje de la tripulación se realizará entre las partes el checkout expidiendo al final del mismo el correspondiente documento acreditativo y de conformidad. En caso de que el arrendatario no devolviera la embarcación arrendada en el tiempo y lugar convenidos deberá pagar al arrendador en concepto de indemnización por daños y perjuicios una cantidad equivalente al doble del precio diario del arrendamiento por cada día de retraso o la fracción equivalente en caso de que el retraso fuera inferior a un día. La falta de entrega además dentro del día y hora previstos Aguas Azules Menorca S.L. podrá iniciar la búsqueda comunicándolo a las autoridades marítimas que sean precisas. En tal caso todos los gastos que ello origine correrán a cargo del arrendatario. La embarcación deberá ser devuelta en idénticas condiciones de funcionamiento equipamiento e inventario a las de su entrega al inicio del alquiler. Si tras el checkout se constatara cualesquiera deterioros o roturas en el equipamiento y funcionamiento de la embarcación o pérdidas de elementos del inventario y equipamiento serán de cargo del arrendatario el importe de las reparaciones y reposiciones. Todos los perjuicios que los deterioros o pérdidas produjeran en el supuesto de que no quedaran cubiertos por la póliza de seguro de la embarcación serán de cuenta del arrendatario. Y en el supuesto de que quedaran cubiertas por la póliza el arrendatario soportará en su caso el importe de la franquicia.
12.- RESPONSABILIDADES EN EL ORDEN ADMINISTRATIVO: INFRACCIONES SANCIONES MEDIDAS CAUTELARES (CAPTURA Y CONFISCACION)
La negligencia o uso indebido del barco o la infracción de la legislación vigente por parte del arrendatario serán motivos suficientes para la rescisión instantánea del contrato quedando las cantidades abonadas hasta ese momento en poder de Aguas Azules Menorca S.L. sin derecho al reintegro de las mismas por parte del arrendatario. En caso de infracción por el arrendatario de las ordenanzas de aduanas o de cualquier otra Administración éste responderá de todas las multas sanciones o responsabilidades a que hubiera lugar así como a todas sus consecuencias. En caso de captura de la embarcación el arrendatario abonará a Aguas Azules Menorca S.L. en concepto de indemnización por los daños y perjuicios ocasionados una suma equivalente a la tarifa en vigor del alquiler diario por cada día que transcurra hasta que la restitución y entrega del barco tenga lugar. En caso de confiscación el cliente abonará el valor íntegro del barco en el plazo de ocho días. En ambos casos el arrendatario perderá en beneficio de la arrendadora las cantidades entregadas y todo ello sin perjuicio de las acciones legales que fueran procedentes para reclamar cuantos perjuicios todo ello ocasionara.
13.- GASTOS
Todos los gastos de avituallamiento carburantes lubricantes gas hielo amarres en puertos y marinas y en general los gastos de material y mantenimiento del barco durante el arrendamiento serán de exclusivo cargo del arrendatario no estando incluidos en el precio del alquiler.
14.- DOCUMENTACION
El arrendatario un mes antes de la fecha prevista para el inicio del arrendamiento de la embarcación deberá entregar al arrendador la siguiente documentación:
-DNI o pasaporte del arrendatario.
-Documentación que acredite que el patrón de la embarcación tiene los requisitos para el manejo de la embarcación.
-LISTA DE TRIPULACIÓN en la que se incluirán todas las personas que embarcarán con el arrendatario (sea cual sea su edad) con sus datos identificativos. En todo caso dicha lista deberá entregarse a más tardar en el momento de la entrega de la embarcación.
15.- ZONA DE NAVEGACIÓN
La zona de navegación será la estipulada en las condiciones particulares del presente contrato limitada así mismo a las atribuciones del patrón y al despacho de la embarcación. El incumplimiento de dicha obligación implicará la automática rescisión del contrato con la pérdida de las cantidades entregadas al efecto y todo ello con independencia del abono de los gastos y responsabilidades que de dicho mal uso pudieran derivarse.
16.- CONDICIONES DE USO
En el arrendamiento con tripulación el patrón y en su caso los demás miembros de la dotación seguirán las instrucciones del arrendatario en cuanto al empleo del buque dentro de lo pactado siempre que no pongan en riesgo la seguridad a bordo o de la navegación en cuyo caso prevalecerá el criterio profesional del patrón estando obligados tanto el arrendatario como sus acompañantes a seguir las correspondientes órdenes o indicaciones impartidas por aquél. El arrendatario responde de todos los actos de las personas indicadas en la lista de pasajeros que no podrán sobrepasar en ningún caso la capacidad máxima de la embarcación. Queda terminantemente prohibido utilizar la embarcación para el transporte de mercancías de viajeros distintos a los señalados en el punto anterior el embarque de animales y objetos y sustancias tóxicas ilegales o peligrosas. El arrendatario se obliga a usar la embarcación exclusivamente como chárter turístico o de recreo por lo que en ningún caso puede destinarla a operaciones de comercio pesca profesional transporte competiciones deportivas y cualesquiera otras incompatibles con el destino del barco. El arrendatario como único responsable de la embarcación durante el arrendamiento hará uso de ella con responsabilidad acatando las normas de las autoridades con competencias al efecto siendo responsable único y exclusivo de las consecuencias que se derivaran del incumplimiento de las mismas.
17.- SUBCONTRATACIÓN
Queda totalmente prohibido el subarriendo o cesión de la embarcación por parte del arrendatario.
18.- BIENES PERSONALES DE LOS PASAJEROS
Aguas Azules Menorca S.L. no se hace responsable de los daños o pérdidas que puedan producirse en los bienes personales de los pasajeros que pudieran hallarse en la embarcación.
19.- ACCIDENTES
El arrendatario queda obligado a informar inmediatamente de cualquier siniestro a Aguas Azules Menorca S.L. y a transmitirle inmediatamente cuantas cartas citaciones o notificaciones que a dicho siniestro se refieran y a prestar completa colaboración a la arrendadora y a la Compañía Aseguradora en la investigación y defensa de cualquier reclamación y proceso. En el momento del accidente o siniestro tomará las siguientes medidas:
a) No reconocer o prejuzgar la responsabilidad del hecho salvo la “Declaración Amistosa de Accidentes”.
b) Obtener datos completos de la parte contraria de los testigos del siniestro realizar en su caso la “Declaración Amistosa de Accidentes” o el “Parte de Siniestro” que junto con los detalles del accidente remitirá urgentemente a la arrendadora avisando telefónicamente en caso de accidente grave.
c) Notificar inmediatamente a las autoridades si existe culpabilidad de la parte contraria.
d) No abandonar la embarcación sin tomar las adecuadas medidas para protegerla y salvaguardarla.
En caso de incumplimiento por parte del arrendatario de cualquiera de estas medidas si son de aplicación Aguas Azules Menorca S.L. podrá reclamar al arrendatario daños y perjuicios ocasionados por negligencia.
20.- ROBO
En caso de robo de la embarcación el arrendatario está obligado a presentar la correspondiente denuncia del hecho ante la autoridad competente entregando la misma a la arrendadora a la que habrá informado de forma inmediata y urgente del robo.
21.- PROTECCIÓN DE DATOS
De conformidad con lo que dispone el Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016 (RGPD) la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre (LOPDGDD) y demás normativa legal vigente en materia de protección de datos personales le informamos que los datos personales aportados serán tratados por AGUAS AZULES MENORCA S.L. (Responsable del Tratamiento). La finalidad del tratamiento de los datos será el mantenimiento desarrollo control y ejecución de la relación contractual que en el marco de la prestación de los servicios que se identifican en el objeto del contrato mantenga con AGUAS AZULES MENORCA S.L. Los datos se conservarán mientras dure la relación con Ud. Una vez cumplida esta prestación los datos de carácter personal se guardarán debidamente bloqueados según lo que establezca la normativa sectorial vigente. No está prevista la cesión de datos a terceros excepto si existe una obligación legal o necesidad contractual.
Se informa al interesado que tiene derecho a retirar el consentimiento para tratar los datos en cualquier momento y que si ejerce este derecho se tendrá que proceder a la rescisión del contrato en los términos expuestos en el mismo puesto que el tratamiento de datos es imprescindible para la ejecución del contrato. Asimismo podrá ejercer los derechos de acceso rectificación supresión y portabilidad de sus datos y los de limitación u oposición al tratamiento dirigiéndose a AGUAS AZULES MENORCA S.L. con domicilio a Carrer de Bastió 29 07703 Mahón (Baleares) o enviando un correo electrónico a lopdgdd@orfilaassessores.com. Si considera que el tratamiento de datos personales no se ajusta a la normativa vigente tiene derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de control (www.aepd.es). AGUAS AZULES MENORCA S.L. se responsabiliza de tener implantadas las medidas de seguridad que correspondan en virtud de lo que se establece en la normativa vigente de protección de datos.Todo el personal de AGUAS AZULES MENORCA S.L. tendrá conocimiento de la normativa en materia de protección de datos en el momento en que proceda a tratar la información propiedad del cliente.
22.- RÉGIMEN JURÍDICO
El presente contrato se rige por lo dispuesto en la Ley 14/2014 de 24 de julio de Navegación Marítima y por los pactos acordados por las partes.
23.- RECLAMACIONES
Cualquier reclamación que desee formular el arrendatario deberá hacerse por escrito en el momento de la devolución de la embarcación a la finalización del contrato. Las acciones derivadas del presente contrato prescribirán en el plazo de un año contando desde la fecha de la terminación del contrato o del desembarque definitivo del arrendatario y de sus acompañantes si fuera posterior.
24.- FUERO
Para la solución de cualquier controversia como consecuencia del presente contrato las partes se someten a las Autoridades Administrativas y Tribunales de Maó / Mahón.